Autoconsumo eléctrico gracias al Plan de Recuperación

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4 Nov, 2021

Mediante la promoción del autoconsumo eléctrico, el Gobierno busca impulsar la transición energética. Ciertamente, no se trata solamente de cumplir con los compromisos de neutralidad climática a 2030 y 2050 suscritos por los Estados miembros de la Unión Europea; sino también de crear consciencia sobre la factibilidad de lograr un desarrollo económico y una calidad de vida sostenible y respetuosa con el medioambiente. En función de esto, se han dispuesto líneas de ayuda para fomentar el autoconsumo en diferentes modalidades, que beneficiarán a diversos sectores.

¿Qué es la línea de promoción del autoconsumo eléctrico?

La promoción del autoconsumo eléctrico es una línea de acción fundamental del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado por el Consejo de Ministros en abril de 2020. De hecho, tal directriz forma parte de una de las diez políticas palanca que integran el plan. En concreto, a la de transición energética justa e inclusiva. La intención es incentivar el el despliegue de instalaciones de autoconsumo solar en los sectores residencial, industrial y de los servicios. También busca incentivar esta transición en las instalaciones públicas de ámbito autonómico y local.

El Ministerio para la Transición Energética sostiene la medida al afirmar que las energías renovables son un aspecto clave para fortalecer la competitividad empresarial. En específico, porque permite aprovechar un recurso energético autóctono, mientras  reduce los costes energéticos. Cabe destacar que España posee una cadena de valor de alto nivel en este ámbito, por lo que las organizaciones de diversos sectores pueden generar un efecto tractor sobre el empleo y la economía en general.

Objetivos de la línea de promoción del autoconsumo eléctrico

En este contexto, los objetivos de la línea de promoción del autoconsumo eléctrico son:

  • Contribuir a cumplir los objetivos en materia de energías limpias y de reducción de emisiones definidos. Concretamente, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) estima una presencia de renovables del 42% sobre el uso final de energía para 2030. A los efectos, la generación de electricidad con fuentes limpias se combinará con 6 GW de potencia de almacenamiento para agilizar la gestión del sistema eléctrico. En el caso de la climatización, la penetración del 18,9% alcanzada en los suministros de calor y frío de 2019 debe duplicarse al finalizar la presente década.
  • Las instalaciones a ejecutarse deberían reducir las emisiones de CO2 en más de un millón de toneladas por año. Al ubicarse en áreas habitadas, las infraestructuras disminuirán el impacto de la generación eléctrica en zonas sin actividad humana.
  • Instalar 1.850 MW de generación renovable. Esto incluye reemplazar el uso de combustibles fósiles por energías renovables para refrigeración y calefacción en más de 40.000 viviendas.
  • Las ayudas estimularán la creación de empleo local. En este aspecto, el MITECO pronostica la generación de más de 25.000 empleos directos e indirectos, con lo que podrían superar los 45.000 puestos de trabajo si incluimos los inducidos.
  • Mejorar la competitividad de las empresas y de las economías domésticas, reduciendo sus costes de consumo energético.
  • Otro objetivo importante deriva de la expectativa del crecimiento del PIB. El Gobierno calcula que este pasará de 1,7 a 3,2 millones por cada millón de euros de ayuda que se materialice.

¿Qué programas impulsa la línea de promoción del autoconsumo eléctrico?

El paquete de ayudas establecido en el Real Decreto 477/2021 para línea de promoción del autoconsumo eléctrico se articulará mediante seis programas. En tres de ellos, los beneficiarios pertenecen a sectores económicos específicos, teniendo en cuenta los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) de 2019. Es decir, antes de la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del Covid-19. Mientras que los tres restantes, tienen el enfoque puesto en las viviendas. Aquí también se consideran las cifras del INE en cuanto al número de viviendas principales u hogares.

Por otra parte, es relevante indicar que la distribución del presupuesto entre las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla es sólo para la dotación del programa en su fase inicial. De modo que para las ampliaciones de crédito en el largo plazo, se tendrá como referencia la ejecución del presupuesto y la demanda existente en cada entidad territorial.

Resumen de los seis programas de la línea de promoción del autoconsumo eléctrico

  • Programa 1: Autoconsumo y almacenamiento para el sector servicios. Contará con un presupuesto de 100 millones de euros para realizar instalaciones de autoconsumo y 20 millones para almacenamiento.
  • Programa 2: Favorecerá a sectores productivos como la industria y la producción agrícola y pecuaria. 150 millones de euros se destinarán a instalar sistemas de autoconsumo y 25 millones para almacenamiento.
  • Programa 3: Financiará la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo existentes en diversos sectores económicos. A los efectos, se repartirán 45 millones de euros entre las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
  • Programa 4: Enfocado en el autoconsumo y almacenamiento en los sectores residencial, administración pública y tercer sector. La dotación consta de 200 millones de euros para instalaciones de autoconsumo y 15 millones para almacenamiento.
  • Programa 5: Destinado a proyectos de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo en los mismos sectores que el programa anterior. El presupuesto es de 5 millones de euros.
  • Programa 6: Otorgará ayudas para proyectos de climatización y agua caliente sanitaria suministrada con energías renovables en el sector residencial, incluida la vivienda pública protegida. Contará con 100 millones de euros de presupuesto.

¿Qué sectores se beneficiarán con la línea de promoción del autoconsumo eléctrico?

Programas 1, 2 y 3

Los beneficiarios últimos serán empresas y agrupaciones de compañías registradas o individuos con o sin personalidad jurídica que realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes o servicios. A las ayudas previstas en estos programas pueden aspirar:

  • Gestores de polígonos industriales privados o públicos.
  • Compañías explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el sector energía.
  • Empresas de servicios energéticos (ESE), o proveedores de servicios energéticos, como se definen en el Real Decreto 56/2016.
  • Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, de acuerdo a la definición establecida en la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018.
  • Las ESE u otras empresas que realicen estos proyectos en establecimientos de sectores incluidos. Sólo si el servicio es efectuado para una empresa cuyo CNAE esté incluido.

Programas 4 y 5

  • Particulares que no realicen actividades económicas que impliquen ofrecer bienes y/o servicios en el mercado.
  • Entidades locales y del sector público institucional de las Administraciones Públicas referidas en el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Siempre que no desarrolle actividades económicas que signifiquen ofrecer bienes y/o servicios en el mercado. En este último caso, se incluirán en los programas de incentivos 2 o 3.
  • Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector. En caso de realizar alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, se considerarán incluidas en los programas de incentivos 2 o 3.
  • Las personas físicas que ejerzan alguna actividad económica que incluya la oferta de bienes y/o servicios.
  • Comunidades de propietarios, reguladas por la Ley de Propiedad Horizontal (49/1960, de 21 de julio).
  • Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas definidas en la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, con las mismas condiciones sobre el ejercicio de actividades económicas por la que ofrezcan bienes y/o servicios. En caso contrario, igualmente serán incluidas en los programas de incentivos 1, 2 o 3.

Programa 6

  • Personas físicas que realicen o no actividades económicas que impliquen oferta de bienes y/o servicios.
  • Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que acrediten estar a disposición de colectivos vulnerables de viviendas sociales.
  • Comunidades de propietarios, en la condición arriba descrita.
  • Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera incluidos en Régimen Jurídico del Sector Público, cuando no obtengan ayuda del estado.

Para información más detallada sobre los casos que aplican a estos programas, recomendamos leer el instructivo del IDAE.

¿Qué porcentaje corresponde a cada sector?

En resumen, las cantidades de las ayudas de la línea de promoción del autoconsumo eléctrico son:

  • Para instalaciones de energía solar fotovoltaica, los incentivos financiarán desde el 15% para sistemas en grandes empresas y hasta el 45% para las PYMEs o sistemas con potencia inferior a 10 kW.
  • Mientras que los particulares podrán obtener un 40% y aumenta a 50% para los sistemas de autoconsumo colectivo.
  • Por su parte, las administraciones públicas recibirán el 70% del coste.

Se tendrá en cuenta el retiro de cubiertas de amianto y la instalación de marquesinas para optimizar el espacio, como es usual en aparcamientos.

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